Aconsejan no plantar mandarina Tango hasta que se clarifiquen sus derechos de explotación
Tras el informe del IVIA que determina que derivada de la variedad Nadorcott.
Tal circunstancia no es un asunto menor,
puesto que constituye un argumento de enorme peso que puede decantar
ante los tribunales la paternidad legal de la variedad en cuestión y los
consiguientes derechos de explotación que se deriven de la misma, lo
cual hace de todo punto aconsejable que los agricultores esperen a que
el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Valencia que lleva el caso se
pronuncie al respecto antes de adquirir derechos de plantación y
plantones de la variedad Tango con el fin de evitarse posteriores
posibles problemas legales y económicos.
Hay que recordar que la Tango fue obtenida por la Universidad
estadounidense de California tras efectuar una irradiación sobre la
variedad de origen marroquí Nadorcott. Los obtentores, legamente
reconocidos, de esta última variedad de mandarina tardía, la firma
Nadorcott Protection, presentaron una reclamación judicial en la que
señalaban que, en realidad, la Tango es una variedad “esencialmente
derivada” de la Nadarcott y, en consecuencia, que los obtentores y
licenciatarios de la misma –la Universidad de California y la empresa
Eurosemillas en España- no tenían derecho ni cobertura legal para
explotarla comercialmente entre los interesados en plantarla en sus
explotaciones.
Está en juego el futuro y la viabilidad de estas explotaciones.
El juzgado de lo Mercantil Número 1 de Valencia todavía no se ha
pronunciado al respecto, pero el dictamen científico del IVIA establece
que la Tango es, efectivamente, una variedad “esencialmente derivada” de
la Nadorcott.
Ahora mismo, la situación sobre los derechos de explotación en
torno a la Tango plantea no pocas incertidumbres e incógnitas y, es por
eso, que AVA-ASAJA aconseja a los agricultores que tengan previsto
apostar por esa nueva variedad que mantengan una actitud de cautela y
permanezcan a la espera de las resoluciones judiciales antes de dar
cualquier paso, ya que ahora mismo todavía no se ha determinado
legalmente a qué empresas asisten los derechos de explotación y hasta
que se produzca ese reconocimiento resulta sumamente arriesgado para el
futuro y viabilidad de sus proyectos plantar Tango.
La Asociación Valenciana de Agricultores
(AVA-ASAJA) sugiere a los agricultores interesados en la nueva variedad
de mandarina tardía denominada Tango que mantengan una actitud prudente y
les aconseja que no la planten en sus explotaciones hasta que se
clarifique el contencioso en torno a los derechos de explotación que
rodea a la referida variedad, un contencioso que ha dado un giro
importante tras conocerse el dictamen sobre el asunto elaborado por el
Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA). Efectivamente,
el centro investigador ha emitido un informe, elaborado a petición de
AVA-ASAJA, en el que determina, basándose en inequívocos criterios
científicos, que la variedad Tango es esencialmente derivada de la
variedad Nadorcott.
Tal circunstancia no es un asunto menor,
puesto que constituye un argumento de enorme peso que puede decantar
ante los tribunales la paternidad legal de la variedad en cuestión y los
consiguientes derechos de explotación que se deriven de la misma, lo
cual hace de todo punto aconsejable que los agricultores esperen a que
el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Valencia que lleva el caso se
pronuncie al respecto antes de adquirir derechos de plantación y
plantones de la variedad Tango con el fin de evitarse posteriores
posibles problemas legales y económicos.
Hay que recordar que la Tango fue obtenida por la Universidad
estadounidense de California tras efectuar una irradiación sobre la
variedad de origen marroquí Nadorcott. Los obtentores, legamente
reconocidos, de esta última variedad de mandarina tardía, la firma
Nadorcott Protection, presentaron una reclamación judicial en la que
señalaban que, en realidad, la Tango es una variedad “esencialmente
derivada” de la Nadarcott y, en consecuencia, que los obtentores y
licenciatarios de la misma –la Universidad de California y la empresa
Eurosemillas en España- no tenían derecho ni cobertura legal para
explotarla comercialmente entre los interesados en plantarla en sus
explotaciones.
Está en juego el futuro y la viabilidad de estas explotaciones.
El juzgado de lo Mercantil Número 1 de Valencia todavía no se ha
pronunciado al respecto, pero el dictamen científico del IVIA establece
que la Tango es, efectivamente, una variedad “esencialmente derivada” de
la Nadorcott.
Ahora mismo, la situación sobre los derechos de explotación en
torno a la Tango plantea no pocas incertidumbres e incógnitas y, es por
eso, que AVA-ASAJA aconseja a los agricultores que tengan previsto
apostar por esa nueva variedad que mantengan una actitud de cautela y
permanezcan a la espera de las resoluciones judiciales antes de dar
cualquier paso, ya que ahora mismo todavía no se ha determinado
legalmente a qué empresas asisten los derechos de explotación y hasta
que se produzca ese reconocimiento resulta sumamente arriesgado para el
futuro y viabilidad de sus proyectos plantar Tango. Fuente
Será la mejor mandarina clementina de primavera la nueva variedad importada de los EEUU., Tango? De ser así y fallar el poder judicial a favor de la mandarina clementina Tango puede ser el final del reinado de primavera de la mandarina clementina Nardocott o Afourer.
Será la mejor mandarina clementina de primavera la nueva variedad importada de los EEUU., Tango? De ser así y fallar el poder judicial a favor de la mandarina clementina Tango puede ser el final del reinado de primavera de la mandarina clementina Nardocott o Afourer.
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